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Directiva ATEX 2014/34/UE
Las organizaciones en la UE deben cumplir con las Directivas para proteger a los empleados del riesgo de explosión en áreas con atmósfera explosiva.
Existen dos Directivas ATEX (una para el fabricante y otra para el usuario del equipo):
La Directiva ATEX 114 "equipos" 2014/34/UE - Equipos y sistemas de protección destinados a su uso en atmósferas potencialmente explosivas
La Directiva ATEX 153 "lugar de trabajo" 1999/92/CE - Requisitos mínimos para mejorar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores potencialmente expuestos a atmósferas explosivas.
Nota: La Directiva ATEX 95 "equipos" 94/9/CE fue derogada el 20 de abril de 2016 cuando fue reemplazada por la Directiva ATEX 114 2014/34/UE. La Directiva ATEX 2014/34/UE es obligatoria para los fabricantes a partir del 20 de abril de 2016, según se establece en el artículo 44 de la Directiva.
La Directiva ATEX 2014/34/UE fue publicada el 29 de marzo de 2014 por el Parlamento Europeo. Se refiere a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a equipos y sistemas de protección destinados a su uso en atmósferas potencialmente explosivas.
En cuanto a la Directiva ATEX 99/92/CE, el requisito es que los empleadores deben clasificar las áreas donde pueden ocurrir atmósferas potencialmente explosivas en zonas. La clasificación dada a una zona particular, su tamaño y ubicación, depende de la probabilidad de que ocurra una atmósfera explosiva y de su persistencia en caso de que ocurra.
Se permite el uso indefinido de equipos en servicio antes de julio de 2003, siempre que una evaluación de riesgos demuestre que es seguro hacerlo.
El objetivo de la Directiva 2014/34/UE es permitir el libre comercio de equipos "ATEX" y sistemas de protección dentro de la UE al eliminar la necesidad de pruebas y documentación separadas para cada estado miembro.
Las regulaciones se aplican a todos los equipos destinados a su uso en atmósferas explosivas, ya sean eléctricos o mecánicos, incluidos los sistemas de protección. Hay dos categorías de equipos: 'I' para minería y 'II' para industrias de superficie. Los fabricantes que apliquen sus disposiciones y coloquen el marcado CE y el marcado Ex pueden vender sus equipos en cualquier lugar de la Unión Europea sin requisitos adicionales con respecto a los riesgos cubiertos. La directiva cubre una amplia gama de equipos, potencialmente incluyendo equipos utilizados en plataformas marinas fijas, plantas petroquímicas, minas, molinos de harina y otras áreas donde puede estar presente una atmósfera potencialmente explosiva.
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